El 02 de abril de 2025 salió aprobado el Real Decreto 254/2025 del Reglamento Veri*factu, para dar más tiempo a las empresas y autónomos á adaptarnos al nuevo sistema de facturación. No es algo arbitrario, si no que forma parte del desarrollo reglamentario de la Ley Antifraude (Ley 11/2021), y su objetivo es cerrar la puerta a los programas de doble uso que permite ocultar la facturación a la Agencia Tributaria.
Las NUEVAS FECHAS DE ENTRADA EN VIGOR y DEFINITIVAS, ahora se dividen de la siguiente manera:
- Los productores y comercializadores de los sistemas y programas informáticos de facturación deberán ofrecer sus productos adaptados totalmente al reglamento Veri*factu en el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial que lo detalla técnicamente, es decir, el 29 de julio de 2025. Es crucial trabajar con proveedores que garanticen la adaptación de los sistemas a las normativas antes de los plazos establecidos. La declaración responsable del proveedor será clave para asegurar el cumplimiento.
- Los obligados tributarios que sean contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (sociedades mercantiles y demás personas jurídicas) deben tener operativos los sistemas informáticos de facturación adaptados al Reglamento Veri*factu antes del 1 de enero de 2026.
- El resto de obligados tributarios (autónomos y demás contribuyentes del IRPF o INRN) deben tener operativos los sistemas informáticos de facturación adaptados al Reglamento Veri*factu antes del 1 de julio de 2026.
EXCEPCIONES: Se mantienen exentos los Contribuyentes acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII), especialmente cuando las facturas sean expedidas por terceros o destinatarios (auto-facturación). Las empresas que operan bajo el Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca están excluidas de la obligación. Empresas dedicadas al suministro de energía eléctrica. Empresas en territorios con regímenes fiscales especiales: Las compañías que presentan sus impuestos en los territorios forales de Navarra y el País Vasco quedan exentas de adoptar Veri*Factu, ya que estos territorios cuentan con sus propios sistemas y regulaciones fiscales.
La solución pública impulsada por la Agencia Tributaria apostará por el formato UBL* (Universal Business Lenguaje), en lugar del utilizado hasta ahora en la facturación con la administración pública (Factura-e).
*UBL es el estándar internacional ampliamente adoptado en Europa, lo que abre la puerta a una mayor interoperabilidad y facilita la conexión con otros sistemas europeos.